IMPEDIRÁN LA ELUSIÓN DEL IR EN LAS VENTAS DE BIENES HEREDADOS
31 de julio de 2012

La modificación al Impuesto a la Renta (IR) D. Leg. 1120 (que regirá a partir del 1 de agosto), también busca impedir la elusión tributaria en la venta de bienes heredados o donados, refirió el tributarista Walker Villanueva.Hasta hoy, si el heredero (o donatario) de un inmueble, lo transfiere a un tercero, el costo del bien, para efectos tributarios (deducción), es igual al valor del autovalúo o al de una tasación (cualquiera que sea el mayor).No obstante, explicó Villanueva, esto no es lógico, pues lo económicamente real es que la persona que adquiere el inmueble por herencia (o vía donación), lo hace a costo "cero", es decir, gratis, y por ello debería tributar por el monto total. Esta distorsión normativa, según el experto, ha generado que algunos contribuyentes lo usen para beneficiarse económicamente, usando la ventaja (deducción) que permite la ley.

  • [Gestión,Pág. 15]
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