PERÚ REITERA POSICIÓN SOBRE LÍMITES MARÍTIMOS CON ECUADOR
27 de julio de 2012

El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú reafirmó que el límite marítimo con Ecuador fue establecido en el Acuerdo de Intercambio de Notas del 2 de mayo del 2011, y ratificó su posición respecto a que los acuerdos pesqueros de 1952 y 1954 no son tratados de límites."Dicho Acuerdo no contiene referencia alguna a los instrumentos de 1952 y 1954 ni tampoco a documentos unilaterales como la Carta Náutica ecuatoriana IOA42", indicó en un comunicado oficial.Por el contrario, recordó que dicho Acuerdo sí contempla todos los elementos de un acuerdo de límites y se encuentra registrado como tal en la Sección Tratados de la Secretaria de las Naciones Unidas.El Ministerio de Relaciones Exteriores se pronunció sobre este tema en relación al Acta de la III Reunión del Consejo Interministerial Binacional Chileno-Ecuatoriano, emitido hoy, en el cual ambos países, señalan que los citados instrumentos de 1952 y 1954 son tratados de límites vigentes."En relación a dicha Acta (…) el Ministerio de Relaciones Exteriores reitera una vez más la clara posición del Perú acerca de la naturaleza y alcances de la Declaración sobre Zona Marítima de 1952 y del Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954, respecto a que no son tratados de límites ni fueron concebidos como tales", indica.