Tras una larga espera, finalmente el Poder Ejecutivo publicó el reglamento de la Ley de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios y en el que se incluyó un inciso en el que se estipula que los gobiernos regionales y locales solo podrán promover procesos de consulta, previo informe favorable del viceministerio de Interculturalidad. En ese sentido, se explica que el viceministerio ejercerá el rol de rectoría en todas las etapas del proceso de consulta y corresponderá a los gobiernos regionales y locales la decisión final sobre la medida."Eso tendría que ver con el temor que existiría en el Ejecutivo porque algunos de los gobiernos regionales vayan más allá de sus competencias", indicó a Gestión Javier La Rosa, especialista de Justicia Viva del IDL.Añadió que dicho inciso, que no se encontraba en el borrador, podría interpretarse como una injerencia sobre ellos, sin embargo calificó de positivo el reglamento, pues sostuvo que en términos generales se respetó el documento elaborado por la comisión multisectorial.