En el borrador del reglamento de la Ley de Consulta Previa se subraya que la opinión de las comunidades indígenas solo implicará a los dirigentes, más no a toda la población. Es así que se delimitaría el nivel de participación de los nativos en el parecer sobre cualquier actividad de exploración o explotación de los recursos naturales de los terrenos que habitan."Las consultas deben realizarse a través de las instituciones u organizaciones representativas de los pueblos indígenas directamente afectados", se subraya en el Título II del documento al que tuvo acceso Gestión.