LEY DE CONSULTA PREVIA DEBE FUNCIONAR POR CONSENSO
19 de enero de 2012

El procedimiento de la consulta previa se debe realizar dentro del concepto de la buena fe, con el objetivo de lograr el consentimiento a las medidas propuestas por el Estado, recomendó Bartolomé Clavero, exvicepresidente del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas. Manifestó que en el reglamento de la Ley de Consulta Previa que se encuentra en debate se debería incluir el consentimiento que se logra a partir del diálogo y el consenso entre las partes, y a la presentación de estudios serios sobre el impacto que podrían tener las industrias extractivas en el espacio habitado por las comunidades indígenas. Se mostró contrario a incluir en el reglamento el derecho a veto, pues el término implica que las comunidades indígenas podrían tener una predisposición negativa hacia cualquier consulta. El experto español está en el Perú invitado por el Congreso para dictar una serie de charlas sobre los alcances de la Convención 169, que norma la consulta a los pueblos indígenas. Dijo que la convención tiene rango constitucional y que, por lo tanto, ninguna ley ni reglamento puede ir contra sus principios.