INDECOPI SUGIERE QUE BANCOS COMPENSEN DEUDAS SÓLO CUANDO EL CONSUMIDOR LO AUTORIZA EXPRESAMENTE
5 de enero de 2012

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sugirió que los bancos compensen las deudas de sus usuarios sólo cuando los consumidores lo autorizan expresamente. Precisó que la Resolución 3448-2011/SC2-Indecopi establece la posibilidad de la compensación siempre que haya sido aceptada libre y voluntariamente por los consumidores, y cuando ello se refleje en un documento aparte que debiera ser explicado al usuario.El Indecopi, a través de dicha resolución, ha recomendado a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) que los pactos de compensación no formen parte de las cláusulas del contrato que suscriben los consumidores con las empresas del sistema financiero.