Otro polémico proyecto de ley contra la prensa ha sido aprobado en el Congreso. Se trata de una modificación al Código Penal para sancionar con penas de prisión –de entre dos y cuatro años– a quienes difundan comunicaciones privadas, "independientemente del medio a través del cual haya tenido lugar". A contramano de lo que ocurre en los países desarrollados, donde los delitos de prensa son tratados en el ámbito civil, en nuestro país se insiste en su penalización. La iniciativa ya se conoce como "ley mordaza", pues finalmente es una forma de censura previa que afecta las libertades de información, expresión y prensa. La norma tiene un enfoque absurdo, pues carga toda la responsabilidad a los medios de comunicación por la difusión de comunicaciones interceptadas; pero no va más allá en el asunto de fondo y lo que debe ser realmente combatido y erradicado: la interceptación de las comunicaciones, el espionaje industrial y la identificación y sanción de las personas y entidades estatales y privadas dedicadas a la venta de este tipo de información. De modo simplista, se sostiene que la ley no alcanza a los "hechos delictivos, de interés público o nacional o que contravengan el ordenamiento constitucional vigente". La pregunta es: ¿quién establecerá lo que es o no de interés público? Con esto se da, además, por sentado que para nuestras autoridades el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones seguirá siendo vulnerado, como lo es hoy. En el estado actual de cosas, en un país donde día a día salen a la luz audios cuyo origen se desconoce, la norma terminará por obligar a pedir autorizaciones antes de difundir cualquier denuncia de interés público. Se traslada, así, a la subjetividad de un juez la aplicación de una norma laxa, no clara y que deja demasiados cabos sueltos para interpretaciones antojadizas. Llama la atención que el congresista Javier Bedoya de Vivanco, propulsor de la iniciativa, aduzca que se podrá difundir aquello que mantenga en alto la moral pública, sobre todo de los funcionarios públicos. Con su experiencia como abogado y parlamentario tendría que haber contemplado que la moral es, en muchos casos, subjetiva sobre todo en un país como el nuestro. El derecho a la privacidad y la intimidad tiene que ser respetado y protegido, y los excesos contra ellos sancionados por las vías correspondientes de modo proporcional, pero no puede ser usado como pretexto para iniciativas antidemocráticas. Y ya hablando de cuestiones prácticas y tecnológicas en el mundo de hoy, ¿se han puesto a pensar los congresistas qué pasará con audios y videos interceptados colgados en portales como You Tube y otros sitios web? ¿A quién responsabilizarían y sancionarían? Hay que recordar aquí que los videos y audios incautados a Montesinos fueron revisados por el Congreso de entonces que, antes de difundirlos, se cuidó de borrar las partes vinculadas al ámbito de la intimidad. También que la prensa independiente, con gran ejercicio de autorregulación, respetó dicha acción; y lo mismo hicimos en esta casa editora con los documentos de Wikileaks. El Congreso tiene que avanzar en la consolidación del sistema democrático. En lugar de insistir en proyectos absurdos y amedrentadores como este –que se espera sea observado por el Poder Ejecutivo– debe abocarse a condenar y erradicar el ‘chuponeo’ y el mercado negro de venta de información y de espionaje industrial, así como a promover la despenalización de los delitos de prensa y tratarlos en el campo civil. La prensa sí debe responder por sus excesos, pero ante el fuero civil sin exponerse a manipulaciones o leyes que imponen una camisa de fuerza al periodismo independiente y fiscalizador que investiga las irregularidades de funcionarios. Leyes como la mencionada pueden ser mal usadas por regímenes poco democráticos o usadas para revanchismo, amedrentamiento o intimidación.