El viceministro de Interculturalidad, Iván Lanegra, explica los reales alcances de la Ley de Consulta Previa y las responsabilidades del Estado en su pronta implementación.El derecho a la consulta está previsto en el convenio 169 suscrito por el Estado con la OIT. ¿Cuál es el aporte de la ley de Consulta Previa y su reglamento?La obligación del Estado peruano a consultar está vigente desde febrero de 1995, pero el Convenio 169 no incorpora los procedimientos para la aplicación del derecho. La Ley de Consulta introduce (y su reglamento dará mayores precisiones) los pasos a seguir para concretar el derecho a la consulta de los pueblos indígenas. ¿El espíritu de la norma es permitir que los indígenas decidan en serio su futuro económico o facilitar soluciones para la inversión en caso de conflicto?Es importante entender que esta Ley de Consulta Previa se enmarca en un derecho reconocido en un tratado internacional que, además, es un tratado de derechos humanos. En febrero de este año, la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT emitió una observación general en la que se define con claridad cuál es el contenido de lo que debe ser la consulta.