El Ministerio de Economía y Finanzas publicó ayer una serie de modificaciones al reglamento del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para disminuir la posibilidad de evasión y elusión tributaria.La norma precisa que serán gravados por el IGV, entre otras operaciones, la venta en el país de bienes muebles que se realicen en cualquier etapa del ciclo de producción o distribución. En esta venta se incluye aquellos muebles cuya inscripción, matrícula o patente ha sido efectuada dentro del país, aun cuando la venta se produzca fuera de las fronteras. En cuanto al arrendamiento de naves y aeronaves, prestados por personas domiciliadas en el exterior y que son utilizados dentro del país, se gravará el IGV sobre el 60% de dicho servicio prestado. Asimismo, se define los conceptos de comprobante de pago falso, no fidedigno, aquel que no reúne los requisitos legales y los emitidos por contribuyentes no habilitados. Indica también los requisitos para uso de las transferencias de fondos, cheques y órdenes de pago.(Edición sábado).