El Poder Ejecutivo promulgó hace pocos días tres leyes que sustentan el nuevo esquema tributario del sector minero: la que crea el Impuesto Especial a la Minería (IEM); la norma que establece el marco legal del Gravamen Especial a la Minería y aquella que modifica la Ley de Regalías Mineras. Al respecto cabe precisar que la Ley del Impuesto Especial a la Minería tiene en consideración las altas cotizaciones internacionales de los minerales, lo que genera una alta rentabilidad en el sector. La intención es redistribuir esos recursos para reducir la pobreza y mejorar la inclusión social. Este impuesto no será de aplicación a los contribuyentes que cuentan con Contratos de Garantía y Medidas de Promoción de la Inversión en el Marco de la Ley General de Minería (convenio de estabilidad), los mismos que no pagan regalías. Por el contrario, la Ley que Establece el Marco Legal del Gravamen Especial a la Minería es aplicable a los sujetos de la actividad minera que mantienen vigente un "Convenio de Estabilidad" y que voluntariamente suscriban Convenios con el Estado peruano. Al firmar dicho convenio con el Estado, se logrará un equilibrio de la carga fiscal y se contará con una nueva fuente de ingreso para el Tesoro Público. Respecto a la Ley que modifica la actual Ley de Regalía Minera, se establece un sistema progresivo que mantenga la competitividad del sector. Por ello se ha contemplado que la regalía minera se establezca en función a la utilidad operativa y no en relación a las ventas. Escribió Gabriel Jáuregui del Estudio Muñiz.