La propuesta electoral de gravar las sobreganancias mineras finalmente quedó establecido por el presidente Ollanta Humala a través de tres proyectos de ley que crean el Impuesto Especial a la Minería (N° 191), el marco legal del Gravamen Especial (N° 192), y la que modifica la Ley de Regalía Minera (N° 193). En estas iniciativas se definieron que el cálculo del gravamen se hará sobre la utilidad operativa (tal como había adelantado Gestión), y ya no sobre las ventas. Pero el detalle está en que su aplicación se hará de acuerdo a un esquema de tasas acumulativas para las empresas que no tienen convenios de estabilidad jurídica. "En términos generales, cuando una tasa es acumulativa, se pagaría o tributaría más pues el impuesto se calcula por cada tramo, que es diferente cuando se paga la tasa directamente con un solo porcentaje, en cuyo caso se podría pagar más con una tasa acumulativa", explicó el tributarista Sandro Fuentes. En opinión del Presidente de la SNMPE, Pedro Martínez, "al ser aprobado en el Consejo de Ministros, debe generar certidumbre nuevamente".