La necesidad de aprobar la ley de Consulta Previa no sólo busca el cumplimiento de un compromiso vinculante que el Perú asumió como Estado ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1993, se trata también de saldar una deuda histórica que tiene el país con nuestras comunidades indígenas, cuyos recursos naturales y valores culturales han sido sometidos a la depredación y el exterminio. Gran parte de los conflictos socioambientales que exigen soluciones democráticas y civilizadas por la vía del diálogo oportuno, con adecuado soporte legal, tiene su origen precisamente en la situación de marginación y desigualdad en que viven esos pueblos.Al suscribir y ratificar el Convenio 169 de la OIT, el Perú, como los otros Estados integrantes del acuerdo, se comprometió a adecuar la legislación nacional y a desarrollar las acciones pertinentes que se contemplan en ese instrumento jurídico internacional de obligatorio cumplimiento.La ley de Consulta Previa, cuyo debate final será llevado a cabo hoy en el Congreso de la República, justamente está orientada a dar cumplimiento a esa concordancia legislativa a que se refiere el mencionado convenio. El numeral 2 del artículo 32 del Convenio 169, establece al respecto: "Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo". El 19 de mayo de 2010, el Congreso anterior aprobó la autógrafa de la Ley de Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, la cual fue observada por el gobierno aprista con la falsa argumentación de que la norma abría las puertas a un supuesto "derecho de veto". La Defensoría del Pueblo ha coincidido con la opinión autorizada de eminentes juristas especializados en la materia y ha precisado que aquel argumento, que aún recogen ciertos sectores felizmente minoritarios, carece absolutamente de sustento jurídico.Pese a estos antecedentes, se pretendió, sin justificación válida, enviar a comisiones los cuatro proyectos presentados al actual Parlamento, lo cual hubiera significado dar paso a una maniobra dilatoria más, por demás irresponsable, dado que se trata de un asunto de interés nacional que exige urgente e inmediata solución.La resistencia contra la aprobación de la mencionada ley ha sido superada al fin y todo indica que prevalecerá la razón y la justicia después del amplio debate de los cuatro proyectos presentados al pleno del Legislativo.