TC REITERA QUE CONVENIO 169 DE LA OIT TIENE RANGO CONSTITUCIONAL
10 de agosto de 2011

El Tribunal Constitucional recordó que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que otorga el derecho a la consulta a los pueblos indígenas, tiene rango constitucional por tratarse de un tratado internacional de derechos humanos, y señaló que su aplicación es obligatoria para todas las entidades estatales.Con ocasión del Día Mundial de las Comunidades Indígenas, este organismo indicó que en aplicación del Código Procesal Constitucional, los tratados sobre derechos en general, y el Convenio 169 en particular, complementan las disposiciones sobre pueblos indígenas con las que tengan relación.Asimismo, recordó que la propiedad comunal de los pueblos indígenas no puede fundamentarse en el enfoque clásico de "propiedad", sobre el que se basa el Derecho Civil, pues para ellos la tierra no constituye un bien económico, sino un elemento fundamental, con componentes de carácter espiritual, cultural, social, etc.