CANON PODRÁ USARSE EN EMERGENCIAS
19 de junio de 2011

Los saldos financieros de los gobiernos locales y regionales, provenientes de los recursos del canon, sobrecanon y regalías, podrán ser utilizados en la reconstrucción de obras en zonas afectadas por desastres naturales, declaradas en emergencia, según la Ley N° 29713, promulgada ayer por el Congreso.El marco legal establece que las instancias de gobierno mencionadas y los titulares de los referidos fondos deberán firmar un convenio solidario, que puede ser entre dos entidades de una misma región e inclusive de otras jurisdicciones.La utilización de los saldos financieros se efectúa mediante transferencia financiera, previa suscripción del respectivo convenio de cooperación.(Edición domingo).

  • [El Peruano,Pág. 5]
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