TITULARES DE CONCESIONES MINERAS PODRÁN CELEBRAR MÁS DE UN CONTRATO CON OPERADORES ARTESANALES
13 de junio de 2011

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó un decreto supremo que le permitirá contar con la información necesaria para la inscripción de los contratos de explotación que celebran los titulares de concesiones mineras con los productores artesanales; pudiendo los primeros celebrar uno o más contratos sobre su derecho minero. La norma del MEM modifica el Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal.Al modificar el artículo 12°, sobre requisitos para acreditar la condición de productor minero artesanal, el dispositivo establece que en el caso de acuerdo o contrato de explotación, la identificación de los derechos mineros de terceros, se realizará indicando su nombre, código único, extensión total y datos de la inscripción.