El 8 de abril del 2011, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) declaró inadmisible el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto minero Tía María promovido por Southern Peru Copper Corporation (SPCC), que se encuentra en el distrito de Cocachacra, provincia de Islay, región Arequipa. Esto a raíz de la oposición de algunas autoridades locales y de un sector de la población de la provincia de Islay al trámite de explotación minera del mencionado proyecto por posibles daños al ecosistema de la zona y reducción de los volúmenes de agua del río Tambo. La decisión de nulidad del EIA por parte del MEM ha paralizado una nueva inversión de US$ 934 millones (lo cual representa 23% de la inversión minera en 2010) y una producción adicional de 120 mil toneladas métricas de cátodos (cerca de 10% de la producción nacional de cobre en 2010).SPCC, que es actualmente el principal productor de cobre del país, estimó invertir US$ 3,277 millones en los próximos 10 años en ampliaciones y proyectos en el Perú. De este monto, US$ 1,908 millones estaban programados (proyecto Tía María, ampliación mina Toquepala y ampliación mina Cuajone) y US$ 1,369 millones estaban en evaluación (proyecto Los Chancas, ampliación Refinería y ampliación Fundición). Entonces, dada la paralización de Tía María, SPCC tendrá que replantear su decisión de inversión ya que este proyecto representa 29% de sus inversiones programadas y en evaluación. Asimismo, SPCC había ya desembolsado en el proyecto Tía María US$ 432 millones hasta el 31 de diciembre del 2010 (46% del costo total), por lo que se prevé que la empresa continuará evaluando alternativas de desarrollo del proyecto más adelante.Este conflicto se podría haber prevenido, en parte, de haberse comenzado el acercamiento a la población e incentivado la participación de la misma antes de la primera entrega del EIA. Algo así como se viene haciendo con los últimos proyectos mineros licitados por ProInversión (como por ejemplo Las Bambas y Toromocho) donde uno de los requisitos para iniciar las labores de exploración es obtener una licencia social de las comunidades que viven alrededor del yacimiento minero.Finalmente, llama la atención la presión política sobre la decisión del MEM, ya que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM), como órgano competente, tendría que haber comunicado a SPCC las observaciones al EIA realizadas por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) para que estas fueran levantadas y devueltas por SPCC a la UNOPS a fin de que tras el informe final la DGAAM se iba a pronunciar. No obstante, dada la presión política, la DGAAM decidió adelantar la revisión de los documentos del EIA y declaró la nulidad del EIA del proyecto Tía María, señala Witson Peña, analista económico de Macroconsult.