El Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso de la República un proyecto de ley para reducir de 2,000 a 500 hectáreas el área para que un concesionario sea considerado pequeño productor minero (PPM) y de 1,000 a 200 hectáreas para que un concesionario sea considerado productor minero artesanal (PMA). Igualmente, o en todo caso, para ser considerado PPM el concesionario debe poseer, por cualquier título, una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de 150 toneladas métricas (TM) por día, las que reduce desde 350 TM de la norma vigente.