La Corte Suprema de Justicia dispuso que el líder etnocacerista Antauro Humala Tasso y más de 150 de sus seguidores sean procesados en la ciudad de Andahuaylas, y no en Lima, por la muerte de cuatro policías durante la toma de una comisaría en esa ciudad andina el 1 de enero de este año. Para emitir este fallo unánime, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema aplicó el criterio del "juez natural", es decir, se considera que el proceso debe realizarse en el lugar donde ocurrieron los hechos, más aún teniendo en cuenta que la mayoría de detenidos son naturales del lugar o de las zonas aledañas. Es más, en una de las conclusiones de su fallo, el tribunal supremo refiere que si bien existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional de aplicar el cambio de sede, por economía procesal u otras razones, esto sólo se aplica cuando una de las partes lo pide al inicio del proceso, lo cual no ocurrió.