MEF BUSCA ATENUAR LA LEY SOBRE LA VENTA INDIRECTA DE ACCIONES
11 de marzo de 2011

Hace menos de un mes se aprobó una ley que modificaba la norma de Impuesto a la Renta para incluir como renta de fuente peruana, y por tanto obligada a tributar en el Perú, la ganancia obtenida en la venta indirecta de acciones de personas jurídicas domiciliadas en el país. La venta indirecta se produce cuando una empresa no domiciliada en el Perú es propietaria (en forma directa o por intermedio de otras empresas) de acciones de una compañía peruana. La exposición de motivos del proyecto señala que las modificaciones planteadas buscan atenuar el impacto de la norma, evitando gravar ventas que no representen un capital significativo de la empresa no domiciliada y que no evidencien un afán elusivo.

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