El Tribunal Constitucional (TC) intentó consumar lo que desde diversos sectores fue calificado como un grave atentado contra la libertad de expresión.Según el criterio de tres magistrados del TC, antes de divulgar el contenido de conversaciones telefónicas interceptadas los medios de comunicación deben contar con la autorización de los involucrados o que un mandato judicial lo permita.Este intento de amordazar a los medios de comunicación terminó convertido ayer en la tarde en una confusión jurídica.El miércoles en la noche, el TC publicó la sentencia en la cual declara improcedente un hábeas corpus presentado por la esposa del procesado por el caso de los ‘petroaudios’ Alberto Quimper, Carmen Luisa Castro Barrera de Quimper.La peculiaridad de la sentencia estaba en el fundamento 23, en el cual el tribunal establece que los medios están prohibidos de divulgar el contenido de grabaciones y conversaciones telefónicas.