SEGURIDAD, POLÍTICA DE ESTADO Y REVISIÓN DE NORMAS
7 de octubre de 2010

El presidente Alan García ha anunciado una reunión con los alcaldes recién elegidos para analizar el grave problema de la seguridad ciudadana y "poner a la policía al mando de los alcaldes". ¿Qué alcances y limitaciones puede haber en esta propuesta? Entendemos el grado de preocupación del Gobierno respecto de un problema que se agrava y toma carices más violentos y perturbadores. Sin embargo, por la misma razón, insistimos en la urgencia de replantear la política de seguridad ciudadana y establecer un plan de corto y mediano plazo, precisamente para no incurrir en la improvisación de los últimos años, como sucedió con la implementación de programas tan efectistas como fugaces (Patrullero de mi Barrio, Plan Telaraña, etc). En tal contexto, el tema de la municipalización de la PNP ha sido propuesto y descartado más de una vez. A lo más que se ha llegado, con lógica y realismo, ha sido a sugerir una transferencia gradual de la Policía de Tránsito a los concejos provinciales. Dicho esto, debemos reiterar que, dentro del marco constitucional y normativo del Estado Peruano, es primariamente una obligación del Gobierno y específicamente del Ministerio del Interior "proteger a la población de las amenazas contra su seguridad" (art. 44 de la Carta Magna). A las municipalidades les corresponde "participar en la gestión de las actividades y servicios inherentes al Estado" (art. 192), bajo el concepto de que "la ley regula la cooperación de la Policía Nacional con las municipalidades en materia de seguridad ciudadana" (art. 195).