Un gran paso en la lucha por la defensa ambiental ante la explotación minera se ha dado con la recién aprobada reglamentación de cierre de minas. El punto más relevante de la nueva norma es el artículo que obliga a las empresas mineras a presentar un Plan de Cierre de Minas. En él se deben especificar todas las gestiones a realizar para rehabilitar las zonas afectadas por su actividad y el presupuesto que damandará ello.El Plan de Cierre se puede aplicar de dos maneras. Una, en forma paralela a la explotación. La segunda, al finalizar las operaciones (vida útil de la mina). En este caso, las empresas deberán presentar una "Garantía Ambiental" o respaldo financiero que garantiza la ejecución del cierre ante situaciones de fuerza mayor, ya que si en este momento hubiera un accidente la empresa solo se va y no resarce los daños de contaminación como relaves, tajos, etc. La garantía podrá ser a través de carta fianza, hipotecas o depósito en efectivo", afirmó César Rodríguez, director general de Minería del Ministerio de Energía y Minas (MEM). "El Perú se pone a la vanguardia en legislación ambiental minera en Latinoamérica", comentó Rodríguez.