A través de una resolución, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) aprobó y publicó los formatos que los productores e importadores de Diesel B2 deberán presentar al Administrador del Fondo de Estabilización de los precios del Combustible Derivados del Petróleo la autoliquidación correspondiente al Diesel B2. Esto no implica una variación en precios, sino una fiscalización y control en las transacciones dentro del fondo.