EXIGEN LIBRO DE RECLAMACIONES EN ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
10 de septiembre de 2010

La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, en su sesión de ayer, aprobó por unanimidad la propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) de establecer un libro de reclamaciones en las entidades de la administración pública, a semejanza del que tendrán que implementar los establecimientos comerciales, en el marco de la Ley No. 29571, Código de Protección y Defensa del Consumo.Como se sabe, el libro de reclamaciones regulado en el Código de Protección y Defensa del Consumidor recientemente aprobado, sólo es exigible para las personas naturales y jurídicas que realizan actividades empresariales (proveedores), excluyéndose a las entidades del sector público, reguladas por la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General."Actualmente, el usuario que efectúa una queja por el mal accionar de la administración pública no necesariamente recibe una respuesta o acción posterior a su reclamo; por lo que, en la práctica, el procedimiento de reclamo es menos efectivo comparado con los mecanismos establecidos para el sector privado", precisó Ricardo Briceño, presidente de la Confiep.

  • [Perú 21,Pág. 9]
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  • [Expreso,Pág. 1 supl. Econ.]
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