La modificación por parte del Ejecutivo, a través de un Decreto de Urgencia, del numeral 54.1 del artículo 54 del Código de Consumo, daría cabida a que las empresas pertenecientes al sector no regulado puedan incluir en sus contratos de consumo las cláusulas que deseen, entre ellas cláusulas abusivas, aseveró el presidente de Indecopi, Jaime Thorne.Como se sabe, la versión original del código establecía que en el caso de los contratos de consumo celebrados por las empresas prestadoras de servicios públicos, sujetos o no a regulación económica, la aprobación administrativa de las cláusulas generales de contratación estaría a cargo del organismo regulador competente.