El fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre el referéndum del Fonavi establece claramente que la eventual devolución de los aportes, en caso de ganar el "sí", podría hacerse a través de diversas modalidades, y no únicamente la individual, precisó Fernando Calle, miembro de ese organismo. Recordó que en la segunda sentencia que emitió el TC sobre el tema, y en la cual participó, además de ratificar el derecho al referéndum de los fonavistas, se estableció una serie de criterios que el Congreso y Poder Ejecutivo deben en cuenta, en caso de proceder una devolución.Efectivamente, el fallo, emitido el 8 de enero de 2008, señala que "no es inconstitucional que se pueda recurrir a la devolución a través de bonos, materiales de construcción, programas sociales de vivienda a favor de los aportantes que no hayan satisfecho su legítima expectativa de vivienda".