La Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima ha expedido una sentencia en la que declara la inconstitucionalidad del régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS). En esta sentencia (Expediente N° 719-2010-BS Nelly Crispin contra Ministerio de la Mujer), la demandante solicita que se le reconozca su condición de trabajadora del régimen laboral de la actividad privada aun cuando primero laboró bajo contrato de locación de servicios y, luego, desde julio del 2008, suscribió contrato CAS.Por esta razón, y en ejercicio de su facultad de ejercer control difuso de constitucionalidad de las leyes, la Sala declara la inconstitucionalidad del régimen CAS. En consecuencia, la Sala inaplica el régimen CAS, reconoce el vínculo laboral de la demandante sujeto al régimen laboral de la actividad privada y ordena al mindes pagarle los beneficios laborales demandados.