El Banco Central de Reserva (BCR) dispuso elevar los requerimientos de encaje para las obligaciones en moneda nacional y moneda extranjera de las entidades financieras a partir de agosto, con la finalidad de sostener una evolución ordenada de la liquidez y el crédito. Explicó que a partir de agosto, la tasa de encaje mínimo legal se elevará de siete a ocho por ciento y se incrementará el requerimiento mínimo a ser mantenido por las entidades financieras en las cuentas del BCR, de dos a 2.5 por ciento, tanto en moneda nacional cuanto en moneda extranjera. En el caso de la moneda nacional se establece, además, una tasa de encaje marginal de 12 por ciento.