Luego de sopesar la opinión de expertos en la materia, así como en reciente pronunciamientos del Tribunal Constitucional, y ciñéndose estrictamente al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que ordena reglamentar la consulta previa con las comunidades nativas, el presidente de la República, Alan García Pérez, decidió observar el proyecto aprobado por el Congreso para evitar que se ahuyente a las inversiones en la sierra y selva de nuestro país. Así, de las ocho modificaciones presentadas, la primera pide de manera expresa "que si no se logra el acuerdo o consentimiento al que hace referencia, ello no implica que el Estado renuncia al ejercicio del Ius Imperium, pues ello supondría la dispersión del carácter unitario y soberano de la República".¿Qué quiere decir esta acotación del gobierno? Pues pide al Legislativo que las modificaciones que se deben realizar a la norma en cuestión deben incluir que se establezca que, sea cual fuere el resultado del proceso de consulta previsto, éste no debe limitar, suspender ni prohibir al Estado adoptar decisiones que tengan por finalidad cautelar y garantizar el interés de la Nación, el cual, según el oficio Nº 142-2010-DP/SCM enviado al Congreso el lunes 21, debe primar sobre cualquier otro."Si bien el convenio y el derecho de consulta tienen por finalidad alcanzar un acuerdo o consentimiento, ello no significa que el Estado no pueda adoptar su decisión, incluso en contra de la opinión de los pueblos consultados", afirma el documento.