El Ejecutivo observó la autógrafa de la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, tras precisar que la norma debe consignar, de manera expresa, que si no se logra un acuerdo o consentimiento, ello no implica que el Estado renuncia al ejercicio del Jus Imperium (facultad para hacer cumplir sus determinaciones).En el documento remitido al Congreso también se cuestiona que las entidades estatales deban identificar, "bajo responsabilidad", las medidas a ser consultadas, puesto que los funcionarios, por temor a eventuales sanciones, podrían someter a consideración de las comunidades todo tipo de norma a dictarse y, con ello, retrasar el desarrollo del país.