La Ley del Derecho a la Consulta a los Pueblos Indígenas u Originarios, aprobada por el Congreso en aplicación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, no significa que las comunidades puedan utilizarla para vetar proyectos o inversiones, aseguraron los gremios empresariales.Así los portavoces de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) y de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Priva-das (Confiep) aclararon que si bien la representación nacional eliminó el último párrafo del artículo 3 de dicho dictamen, el cual establecía que "la consulta no otorga a los pueblos indígenas u originarios el derecho a veto", esto no significará que estas poblaciones podrán rechazar, si lo desean, la ejecución de eventuales concesiones o autorizaciones para la exploración o explotación de recursos en zonas aledañas a sus jurisdicciones."Brindarles el derecho a veto no les dará poder para que puedan frenar las inversiones. Uno, porque la misma norma en su artículo 15 establece que la decisión final sobre la aprobación de la medida legislativa o administrativa, que se ha sometido a consulta, corresponderá a la entidad estatal competente y dos porque ni siquiera está establecido en el Convenio 169 de la OIT", manifestaron a EXPRESO. Así, Carlos Aranda, del gremio minero energético, dijo que la consulta que se hará en adelante, si el Ejecutivo no la observa, no debería significar un eventual veto ya que la norma señala claramente que la decisión final le pertenece al gobierno que es quien establece las políticas a seguir. "La norma hará viable las consultas de parte del Estado, teniendo en cuenta el reclamo que había de los nativos, sin embargo, estaría mal que se deje la misma a una inadecuada interpretación respecto a decidir sobre un proyecto o no. La decisión final es del Estado", afirmó.En la misma línea, Ricardo Briceño, presidente del gremio empresarial, pidió aclarar que si bien se da derecho a veto a las comunidades, dicha decisión no será vinculante ya que será el Estado quien adoptará la decisión final.