MEM OTORGA PLAZO DE 30 DÍAS PARA ENTREGA DE INFORMACIÓN DE PRODUCTORES E IMPORTADORES DE COMBUSTIBLES
19 de mayo de 2010

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) estableció un plazo de 30 días calendarios para que los productores e importadores de combustibles presenten información sobre la autoliquidación de especial de Diesel 2, Diesel B2 y petróleos industriales. Manifestó que dicha información deberá ser remitida al administrador del Fondo para la Estabilización de Precios de los Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo.Según una resolución directoral de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del MEM, esa información está establecida en una resolución publicada el 28 de abril, donde se fijaron los nuevos factores de aportación y compensación corregidos del petróleo industrial y de los diferentes contenidos de azufre del Diesel 2 y Diesel B2.