DEROGAN LEY QUE MODIFICÓ FORMA DE COMPUTAR ARRESTO DOMICILIARIO
8 de julio de 2005

Después de cuatro días de darse golpes de pecho y de autoflagelarse en masa, los congresistas se abocaron ayer a corregir el desaguisado cocinado desde hace un mes en torno de la figura del arresto domiciliario. Por la mañana, como si el aluvión de iniciativas sirviese para borrar el error y el daño cometido, más de 20 proyectos alternativos a disposición tuvieron los integrantes de la Comisión de Justicia que preside Alcides Chamorro (NA). Ellos fueron los que tuvieron que dar el primer paso para derogar la Ley 28568, publicada el pasado domingo en "El Peruano" y que modificaba el artículo 47 del Código Penal, equiparando un día de arresto domiciliario con uno de prisión efectiva. Los resultados de esa discusión, que se prolongó por más de tres horas, fueron los dos dictámenes que se sustentaron en la sesión plenaria vespertina. Uno, sustentado por Chamorro, era el dictamen en mayoría: Se deroga la Ley 28568, sin perjuicio de buscar más tarde la fórmula para computar el día de arresto domiciliario (2x1, 3x1, 4x1, etc.). Por el otro lado, el dictamen en minoría fue sustentado por Mauricio Mulder (Apra) y acatado por toda la bancada aprista: Se deroga la mencionada ley y se computa dos días de arresto por uno de prisión efectiva. Los planteamientos expuestos en el hemiciclo ya son harto conocidos.

  • [El Comercio,Pág. A 9]
  • /
  • [Correo,Pág. 6]
  • /
  • [Perú 21,Pág. 8]
  • /
  • [La Razón,Pág. 5]
  • /
  • [Expreso,Pág. 11]
  • /
  • [Gestión,Pág. 2]
  • /
  • [El Peruano,Pág. 2]
  • /
  • [República,Pág. 8]
  • /