Uno de los puntos más importantes incluidos en las modificaciones a la Ley del Sistema Portuario Nacional es que si Enapu opta por la modalidad de asociación en participación, en alguno de los puertos bajo su gestión, no podrá solicitar que el Estado otorgue cofinanciamientos o garantías de todo tipo para respaldar esta operación.Además, la norma permitirá que Enapu establezca las condiciones para realizar procesos de selección de su socio estratégico. Anteriormente, este proceso estaba en manos de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Pro Inversión).