El Poder Ejecutivo otorgó facultades a la Empresa Nacional de Puertos (Enapu) para seleccionar al inversionista privado que será su socio estratégico en el desarrollo de los puertos que se encuentran bajo su administración a nivel nacional.Para ello, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó un decreto supremo que modifica el artículo 57º del reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional.Según la norma, los puertos de titularidad pública sólo serán administrados por Enapu, o por los administradores portuarios.Pero cuando por razones de necesidad pública se necesite promover la competencia e incorporar inversión privada, la entrega en administración al sector privado de la referida infraestructura se realizará con la participación de Enapu a través de la modalidad de asociación en participación.