QUE LA SBS ROMPA SU SILENCIO
22 de febrero de 2010

La Constitución (inciso 2 del artículo 5) señala que el secreto bancario puede levantarse a pedido de un juez, del fiscal de la Nación o de una comisión investigadora del Congreso, siempre que se refiera a un caso en investigación. Esa es la norma que nos rige y solo puede ser modificada por una Reforma Constitucional, cualquier intento por modificarla de otra manera es inconstitucional.Hay quienes pueden considerar que esta norma es muy rígida y que entidades como la SBS, la Sunat o la Conasev deberían poder levantar el secreto bancario. Incluso se han presentado algunos proyectos de ley al respecto por parte de las entidades nombradas, pero estas ideas no se pueden plasmar en una simple ley, menos en una resolución.Empero, eso es lo que ha sucedido en las últimas semanas; considerando que tener a su cargo a la Unidad de Inteligencia Financiera le da esa facultad, la SBS está ordenando a las entidades del sistema financiero que le brinden información de todas las operaciones que se realicen por montos iguales o superiores a US$ 10,000.Las disposiciones sobre prevención de legitimación de activos, obligan a las empresas del sistema financiero a entregar a la UIF-Perú solo información de las transacciones calificadas como "inusuales" que devengan además en "sospechosas", pero no así de las operaciones legítimas, las que tienen la protección del secreto bancario.Tratar de desconocer esta realidad podría resultar peligroso.¿Es necesaria esta información para la lucha contra el lavado de dinero? ¿Las empresas del sistema financiero no están cumpliendo adecuadamente con reportar las operaciones sospechosas? ¿La SBS requiere una base de datos más amplia para poder hacer sus investigaciones?Todas estas son justificaciones que algunos especialistas esgrimen, pero que la SBS no ha dado, pues a pesar de estar en medio de la controversia ha preferido el silencio, antes de explicar las razones de su medida.¿Qué tan eficiente está siendo la UIF con la información que recibe? Eso tampoco lo sabemos. Si bien es de entender la cautela y reserva que merece el tema, es necesario que el público sepa que la pérdida de parte de su privacidad es a cambio de resultados tangibles en la lucha contra el lavado de dinero. No se puede pedir ampliación de facultades sin rendir cuentas de lo avanzado hasta el momento.

  • [Gestión,Pág. 32]
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