EL CONAM ESTABLECERÁ LOS ESTÁNDERES DE CALIDAD DEL AGUA, EL AIRE Y EL RUIDO
26 de junio de 2005

Uno de los grandes aportes de la Ley General del Medio Ambiente, aprobada en el pleno hace dos días, es el nombramiento del Consejo Nacional del Medio Ambiente (Conam) como la Autoridad Nacional rectora en esta materia. Y es que si bien esta entidad era la encargada de coordinar las políticas de protección ambiental entre todos los sectores involucrados, en el actual documento se le atribuyen competencias adicionales de fiscalización. Una de esas responsabilidades (artículo 33) tiene que ver con la dirección y elaboración de los estándares de calidad ambiental (ECA) y los límites máximos permisibles (LMP), en coordinación con los demás sectores involucrados: Energía y Minas, Salud, Industria, etc. Es decir, de promulgarse esta norma, será el Conam el que encabece los grupos que determinen los parámetros de calidad de aire y agua potable, efluentes mineros e industriales. Se precisa, además, que estos valores deben tomar en cuenta las guías de la Organización Mundial de la Salud (OMS) o de otras entidades internacionales especializadas en los temas analizados. El congresista Santos Jaimes, miembro de la Comisión de Ambiente y Ecología del Congreso, sostiene que, por ejemplo, en el tema del agua potable, los nuevos parámetros no deberían exceder los planteados por la OMS. Reiteró que en los casos en los que no existan LMP se utilizarán de manera obligatoria los valores de la autoridad mundial en salud.(Edición sábado).

  • [El Comercio,Pág. A 11]
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