Con el reglamento publicado, la controvertida Ley de Exoneraciones en Zonas Altoandinas ya es un hecho. Sin embargo, aún quedan varios puntos que aclarar y otros que explicar.Si bien la norma plantea que todos las empresas que se localicen por encima de los 2,500 (micro y pequeñas empresas) y 3,200 msnm (grandes empresas) se verán favorecidas con la exoneración del pago del Impuesto a la Renta (IR), aranceles e Impuesto General a las Ventas (IGV), en el reglamento se ha reducido el ámbito de aplicación de la ley y deja de lado a 366 distritos.Gladys Triveño, presidenta ejecutiva de la consultora ProExpansión, sostiene que en el reglamento no se explica por qué esos más de 300 distritos no están incluidos si muchos de ellos cumplen con la condición de latitud.