DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS PAGADOS EN EXCESO
25 de enero de 2010

La devolución será a favor de las personas naturales que durante el 2009 pagaron el IR en exceso por la venta de inmuebles, arrendamientos, honorarios profesionales, entre otros bienes, precisó la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Para solicitar la restitución, los contribuyentes deberán presentar su declaración jurada de regularización del IR correspondiente al 2009, en la que deberá constar el saldo a favor. La solicitud de devolución podrá presentarse mediante el formulario 1649: "Solicitud de Devolución", en el sitio web Sunat-Virtual, o presentando el formulario físico 4949 en las oficinas de esta institución.