PODER EJECUTIVO PLANTEA INCORPORAR DOS NUEVAS ACTIVIDADES ENTRE BENEFICIARIOS DE LEY PARA ZONAS ALTOANDINAS
12 de enero de 2010

El Poder Ejecutivo envió un proyecto de ley al Congreso de la República que plantea modificar la Ley de promoción para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas, con la finalidad de incorporar las actividades de explotación de lana de ovinos y de cuero de bovinos como beneficiarios de las exoneraciones que fija la ley. Según la ley, las actividades que pueden beneficiarse de las exoneraciones tributarias son piscicultura, acuicultura, procesamiento de carnes en general, plantaciones forestales con fines comerciales o industriales, producción láctea, crianza y explotación de fibra de camélidos y lana de bovinos, agroindustria, artesanía y textiles.Las personas naturales o jurídicas que desarrollen estas actividades al amparo de la ley gozarán de la exoneración del Impuesto a la Renta correspondiente a las rentas de Tercera Categoría, así como de tasas arancelarias y del Impuesto General a las Ventas (IGV) a las importaciones de bienes de capital con fines de uso productivo.