Los candidatos de partidos políticos ya no podrán mentir en sus hojas de vida. A partir de hoy deberán indicar la relación de sentencias condenatorias que hayan tenido, así como su anterior militancia en otros grupos políticos, según la Ley 29490, la cual modifica la Ley de Partidos Políticos, publicada ayer en "El Peruano". ¿Qué pasará con quienes no cumplan con la norma? Serán retirados del partido por el cual postulan y también podrán ser denunciados penalmente.A propósito de omisiones de los candidatos, hay dos casos recientes. Uno es el de la parlamentaria andina Elsa Malpartida, quien ocultó al Partido Nacionalista que había pertenecido a Sendero Luminoso entre 1989 y 1994, año en el que se acogió a la ley de arrepentimiento. El segundo caso es el del congresista aprista Mario Alegría, quien fue sentenciado en enero del 2001 por hurtar electricidad. (Edición sábado).