El abastecimiento a la demanda de gas natural del mercado interno deberá ser garantizado de manera permanente y no por un período mínimo establecido en los contratos de las empresas que adquieren derechos de explotación de las reservas probadas de gas natural, precisó el Ministerio de Energía y Minas (MEM). Ello tras modificar el reglamento de Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, a fin de garantizar la demanda local de este hidrocarburo.Según la norma publicada, la garantía del abastecimiento del mercado interno sujeto a un período mínimo definido en los contratos para exportación de gas, si bien genera reglas más estables y predecibles para los contratistas, puede dejar desamparada la demanda real del mercado interno.