Recientemente la Cámara de Comercio de Lima (CCL) envió un proyecto al Congreso con sustanciales cambios a la ley que crea el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN). La CCL señala que dadas las condiciones económicas actuales, el ITAN, con una tasa de 0.6% en su escala única, es excesivo toda vez que implica que muchas empresas podrían estar anticipando al fisco la totalidad de sus rentas anuales o inclusive importes mayores, constituyéndose en un pago con carácter confiscatorio. Como se recuerda, el ITAN gravará hasta el 2006 el activo neto de las empresas, como maquinarias, equipos, muebles, enseres, terrenos, mercaderías, vehículos, y otros. El proyecto plantea que los convenios de estabilidad jurídica suscritos al amparo de los decretos legislativos Nº 662 y 757, Ley General de Minería y Ley Orgánica de Hidrocarburos, no están obligados al pago del ITAN.Agrega que las empresas con convenios de estabilidad jurídica tienen derecho a la aplicación del régimen vigente en la fecha de suscripción del contrato o a la estabilización del régimen del IR, por lo que siendo el ITAN un pago a cuenta del IR, con derecho a devolución, es necesario precisar su no aplicación.Asimismo, se plantea la reducción de la base imponible para las empresas que, por naturaleza de sus actividades, tienen una elevada relación de activos sobre capital. La referida propuesta ya está en manos de la Comisión de Economía del Congreso.