El envenenamiento del aire, por el uso de combustibles sucios con alta cantidad de azufre, obligó al Estado, hace más de tres años, a declarar de necesidad pública y de preferente interés nacional la regulación de los niveles de azufre en el diésel, para salvaguardar la calidad del ambiente y la salud pública.Mediante la Ley Nº 28694, se estableció, además, que a partir del 1 de enero de 2010 quede prohibida la comercialización para el consumo interno de combustible diésel, cuyo contenido de azufre sea superior a las 50 partes por millón.Ad portas de la fecha establecida y al observar que para ese día las refinerías no lograrían disminuir a ese nivel el contenido de azufre del combustible diésel, sino que a lo sumo lo reducirían a dos mil partes por millón, la Asociación de Grifos recomienda que el Ministerio de Energía y Minas y las empresas Petroperú y Repsol, a cargo de las refinerías existentes en el país, dialoguen para encontrar plazos concretos para lograr tal objetivo, y evitar así que se vuelvan a proponer límites que no puedan cumplirse.