DOE RUN: ENTRE EL REMEDIO Y LA ENFERMEDAD
22 de julio de 2009

Si uno o más de los trabajadores de Doe Run decidieran someter a esta empresa a un Procedimiento Concursal Especial, la autoridad administrativa podría designar a un Administrador Extraordinario que tomaría inmediatamente la administración absoluta de la sociedad. Incluso, sin que sus principales acreedores tengan la intención de someterla a concurso.Esto pronto será posible si es que el Proyecto de Ley No.3368 que complementa la Ley General del Sistema Concursal creando el Procedimiento Concursal Especial, fuera aprobada en el Congreso de la República y promulgada por el Ejecutivo. Según el proyecto de ley, la solicitud para iniciar este proceso, puede ser presentada por acreedores que en conjunto acrediten créditos vencidos hasta por 15,000 UIT (S/.53´250,000.00 durante este ejercicio) o por uno o más de sus trabajadores, sean o no estos acreedores de la sociedad, bastando que acrediten que la sociedad tiene créditos vencidos con terceros por más de 90 días y por una suma equivalente a los 15,000 UIT o más.Si bien es cierto que el proyecto de ley busca agilizar la declaración de situación en concurso de sociedades que tengan deudas vencidas e impagas, lo es también que se podría generar un efecto negativo al atentar contra la continuidad en el mercado de las empresas afectadas. Y es que con la declaración de concurso, la administración podría ser asumida inmediatamente por un Administrador Extraordinario quien sustituirá a los directores, gerentes, representantes legales y apoderados de la sociedad.Y aquí surgen las dudas. Es bien sabido que con la declaración de concurso, la empresa deudora pasa inmediatamente a dejar de ser sujeto de crédito. Cabe señalar que si los acreedores principales no solicitaron el inicio de un proceso concursal contra el deudor, es que aún veían posibilidades de negocios de la sociedad y de pago. La toma excepcional e inmediata de la administración social sin que ello provenga de una decisión de los acreedores mayoritarios, puede dar lugar a cierta incertidumbre en la toma de decisiones, perjudicando aún más la gestión de dichas sociedades, llevándolas a un estado crítico donde ya no habría más remedio que optar por su salida del mercado. En el caso de Doe Run parecería ser una verdad absoluta que lo que se requiere es inyección de capital de trabajo. Pero esto sería aun más difícil de conseguir estando la empresa en un proceso concursal no decidido por sus principales acreedores y con la administración sustituida. ¿La urgencia con la que se está tramitando de pronto este proyecto de ley, es por tener en la mira casos de empresas específicas como Doe Run o Panamericana Televisión? Cuidado que al final el remedio sea peor que la enfermedad, señala Martín Serkovic, socio del Estudio Olaechea.

  • [Gestión,Pág. 30]
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