USUARIOS PERJUDICADOS
22 de julio de 2009

El último 2 de junio de 2009, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas emitió dos Resoluciones Directorales, Nº 138-2009-EM/DGH y Nº 139-2009-EM/DGH, en las que reconocía que el concepto de tarifa única en Gas Natural no era aplicable a Kallpa y Enersur, hasta que estas empresas generadoras cumplan con los contratos de venta de energía que tienen comprometido hasta el 31 de diciembre 2013 (Kallpa) y 31 diciembre 2012 (Enersur). "Lo que el Ministerio de Energía no dice es que como Kallpa y Enersur no pagarán ni un centavo a Cálidda hasta el 2013, los usuarios residenciales -que consumimos sólo el 20% del total del gas generado- debemos de pagar más dinero por el servicio, ello con la finalidad de cubrir la inversión de Cálidda para la masificación del gas", advirtió el especialista. Sin embargo, en el supuesto que Kallpa y Enersur acepten pagar -cuando estas terminen sus contratos de ventas de energía- a Cálidda por la distribución del gas, las tarifas eléctricas igualmente se incrementarían para los usuarios residenciales entre 4 y 5%, debido a un mayor costo de producción en este sector.