El derecho a la consulta de los pueblos indígenas es vinculante y así debe estar especificado en la legislación que apruebe el Parlamento, de lo contrario iría contra el espíritu del Convenio 169 de la OIT, advirtió el encargado del Grupo de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Hernán Coronado.Sostuvo que si se reconoce como vinculante el convenio, es obvio que es igual con los principios que se desarrollan en él. Añadió que así lo han resuelto la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional colombiano y el Tribunal Supremo de Costa Rica."Dicen que el derecho a la consulta tiene que establecer principios generales, que sea previa, informada, libre, vinculante y de buena fe, pues no se puede negociar con alguien y luego decirle que no se tomará en cuenta lo que dice", señaló en el Foro Consulta Previa y Consulta Ciudadana, organizado por la red Muqui.