El ex defensor del Pueblo Jorge Santistevan de Noriega sostuvo que sería muy prematuro que los trabajadores de Doe Run soliciten una medida cautelar para tomar la administración de la empresa. Ello debido a que aún existen procedimientos estipulados en el Código Procesal Civil que deberían ser agotados antes de llegar a tal etapa."La medida cautelar está al final de una cadena de procesos. Así está concebido el artículo 629 del Código Procesal Civil. Me parece importante que se haya levantado la toma de la Carretera Central, pero me preocupa que los trabajadores estén pensando en hacer lo último, sin haber agotado los pasos anteriores. No vaya a haber un apresuramiento, como le sucedió a la Sunat en el caso de Panamericana Televisión", explicó.