DIRECTORIOS DE REGULADORES PODRÁN SER REMOVIDOS SI NO CUMPLEN PLAZOS
12 de junio de 2009

Mediante el D.S. 038-2009 PCM publicado ayer en "El Peruano", el Gobierno dictaminó que los directorios de los organismos reguladores de servicios públicos que no cumplan con sus funciones o plazos legales para emitir opinión respecto a proyectos que están bajo su jurisdicción podrán ser retirados de su cargo. La norma agrega el inciso F al artículo 12 del reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, que establece las faltas graves que conllevan a la remoción del cargo de los miembros de los consejos directivos de esas instituciones.