Aunque el oficialismo da por descontado que no se podrá imputar la falsificación de documentos públicos a Alejandro Toledo en el caso de la fábrica de firmas falsas de País Posible, sino la supuesta adulteración de documentos privados -ese ilícito habría prescrito-, no se ha informado hasta ahora cuándo prescribe el otro cargo atribuido al líder de la chakana: asociación ilícita para delinquir. Esta última acusación, que aparece y se mantendría en el preinforme jurídico de la comisión que investigó el caso, está sancionada hasta con seis años de pena privativa de la libertad y prescribe a los nueve años, debido a que ya existe un proceso penal al respecto. En consecuencia, si los hechos imputados al hoy jefe de Estado se cometieron hasta 1999, la prescripción recién se daría en el año 2008.Así lo sostuvo el abogado Iván Meini Méndez, ex procurador ad hoc del caso Fujimori y Montesinos, quien además argumentó que el artículo 80 del Código Penal establece que para aplicar la prescripción se debe tomar en cuenta el delito con mayor sanción penal. Explicó que en este caso la asociación ilícita es penada con seis años de prisión, mientras que la falsificación de documentos privados, solo con cuatro años.